Principales tipos de Violencia Sexual a través de redes sociales, medios y dispositivos telemáticos

Una de las principales preocupaciones de los centros escolares de los Misioneros Claretianos en la Provincia de Fátima (Las Palmas, Don Benito y Sevilla) es combatir el creciente aumento de la violencia sexual a través de dispositivos móviles, aplicaciones de comunicación y de carácter social y redes sociales, la cual se ha convertido en una de las principales formas de violencia hacia los menores en todo el territorio nacional.

El punto de partida para la prevención de este tipo de violencia sexual debe situarse en el conocimiento de las principales conductas que actualmente se están produciendo en este ámbito. Si las conocemos, será más fácil implementar medidas de protección que contribuyan a evitarlas o a detectarlas lo antes posible.

Así pues, vamos a presentar algunas de estas conductas:

  1. Acceso de menores a pornografía y contenidos inadecuados para su edad. El acceso de los menores de edad a contenidos de carácter sexual y pornográfico puede tener consecuencias negativas en la formación de su personalidad y en la propia conceptualización que van a tener de la sexualidad. El mayor peligro es adquirir una visión distorsionada y trivial de las relaciones personales, de la pareja, de la intimidad y de la sexualidad, que les podrá llevar a reproducir con las personas de su entorno ciertas conductas visionadas o una forma impropia e inadecuada de relacionarse con los demás, ocasionado situaciones de violencia sexual. Este acceso a material pornográfico por parte de los menores puede constituir por sí mismo un tipo de violencia sexual, especialmente cuando se trate de menores de 16 años.
  2. Grabación de agresiones de contenido sexual y difusión en redes y mensajes (“Happy Slapping”). Consiste en la divulgación a través de Redes Sociales y aplicaciones de comunicación y mensajería de agresiones físicas y verbales de carácter sexual sobre un chico o una chica menor de edad. Se hace generalmente con el objetivo de agravar el daño ocasionado a la víctima o demostrar a los iguales una posición de poder dominante sobre ella. Suele estar vinculada a otros tipos de violencia como el bullying o la violencia de contenido discriminatorio.
  3. “Sexting”. Se refiere al envío de mensajes con contenido de carácter sexual, ya sea texto, audio, imágenes, grabaciones… Quien envía las imágenes de contenido sexual debe tener en cuenta la alta probabilidad de pérdida de control del material enviado (y con ello el daño que se puede causar a su imagen de futuro), ya que quien las recibe podría difundir el contenido y atentar gravemente contra la intimidad de la persona. Deben explicarse a los menores las dificultades para retirar contenidos que hayan enviado por internet, lo que puede ocasionar que sus imágenes estén circulando durante años por la red. Además, si este envío se realiza de un mayor hacia un menor de 16 años (y no siempre se sabe con certeza quién es la persona con la que se está en contacto), podemos estar ante una conducta encuadrable en violencia sexual y constitutiva de delito.
  4. “Grooming” y “Child Grooming”. Se define como una forma de acoso sexual en la que una persona contacta con otra a fin de ganarse de forma paulatina su confianza y llegar a involucrarle en actividades de naturaleza sexual. Cuando se realiza con un menor, se habla de “child grooming”, siendo considerada como violencia sexual y, potencialmente, una conducta delictiva.
  5. Extorsión sexual. Como consecuencia del “sexting” o del “child grooming”, el interlocutor de los mensajes, puede emplear el contenido de los mismos para realizar un “chantaje” o extorsión a la víctima y obtener un beneficio sexual o económico.
  6. “Porno venganza”. Consiste en difundir sin consentimiento imágenes o videos de carácter privado, llevados a cabo en la intimidad, a través de aplicaciones de comunicación, redes sociales o sitios web. Suele producirse tras rupturas traumáticas de relaciones afectivas personales.
  7. Incitación a realización de conductas violentas de contenido sexual (“retos virales”). A través de las redes sociales o de grupos de mensajería se anima a imitar una serie de conductas de contenido sexual y a compartirlas por estos mismos medios. En este caso se pone en riesgo la integridad física, psicológica y emocional del menor, y, por lo general, concluyen en situaciones de violencia sexual o contra la libertad sexual de los menores.

Es importante tomar conciencia de que estas conductas se dan en la actualidad con mucha más frecuencia de lo que a veces nos imaginamos y que, por tanto, fácilmente pueden afectar a nuestros hijos e hijas. Solo podrán ser combatidas desde la formación, la educación y la implicación de padres, madres, profesorado y alumnado, con la clara conciencia que la prevención es tarea de todos. Con este objetivo se están desarrollando los diferentes programas formativos del profesorado, los planes de acción tutorial en materia sexual y la creación de los presentes materiales para favorecer el conocimiento, la prevención y la detección. Seguimos trabajando juntos en la creación de entornos seguros en los Colegios Claretianos.

EQUIPO PROVINCIAL DE ENTORNO SEGURO